Con la entrada en vigor el próximo 3 de abril de 2025, la disposición final decimocuarta de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, introduce cambios relevantes en varios apartados de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). A continuación, se detallan los cambios clave más destacados en varias exenciones del IRPF:
1. Ampliación de la exención para indemnizaciones por responsabilidad civil
Se modifica el artículo 7.d) del IRPF para incluir dentro de la exención nuevas situaciones relacionadas con indemnizaciones por daños personales, no solo aquellas establecidas judicial o legalmente. Ahora también se incluyen indemnizaciones por daños físicos o psíquicos acordadas mediante mediación u otros métodos legales de resolución de conflictos, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
- La indemnización debe ser abonada por la entidad aseguradora responsable del daño.
- El acuerdo debe haber sido supervisado por un tercero neutral y formalizado en escritura pública.
- El límite exento será el establecido en el sistema de valoración de daños en accidentes de circulación, recogido en el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre.
2. Clarificación de la exención en indemnizaciones por despido o cese
El artículo 7.e) del IRPF se actualiza para confirmar que las indemnizaciones acordadas en actos de conciliación ante los servicios administrativos, como paso previo a la vía judicial laboral, también pueden beneficiarse de la exención. Esto refleja la interpretación previa de la doctrina y la jurisprudencia, asegurando mayor seguridad jurídica.
3. Exención de anualidades por alimentos
La nueva redacción del artículo 7.k) del IRPF elimina cualquier incertidumbre sobre la exención aplicable a las anualidades por alimentos pactadas en convenios reguladores, siempre que estos hayan sido formalizados ante un letrado de la Administración de Justicia o en escritura pública ante notario. Además, se recalca que los convenios reguladores pueden surgir de cualquier método de resolución de conflictos reconocido legalmente.
Este cambio también afecta a las referencias a anualidades por alimentos contenidas en los artículos 64 y 75 del IRPF.
Estas modificaciones buscan ofrecer mayor claridad y ampliar la cobertura de exenciones en situaciones específicas, proporcionando un marco normativo más adaptado a la realidad social y jurídica actual. Si eres opositor al cuerpo Técnico de Hacienda, es importante estar al tanto de estos cambios que afectan fundamentalmente a los temas 18 y 19 del tercer ejercicio para afrontar los exámenes con precisión.