La sociedad ALTAMIRA se dedica a la importación/exportación de antigüedades y, aunque su sede principal está en Madrid, cuenta con un establecimiento permanente en New York (denominado ALT Way) que realiza todas sus operaciones en dólares americanos.
Tiene la consideración de establecimiento permanente sin constituir sociedad independiente por lo que su contabilidad se integra en ALTAMIRA, y sigue los mismos principios y normas del PGC de la sociedad principal.
A 31 de diciembre del año 2X25 el balance de situación de este establecimiento, valorado en dólares americanos, es el siguiente:
| ACTIVO | PATRIMONIO NETO Y PASIVO | ||
| 8.000 | Elementos de Transporte | Cuenta corriente con Altamira | 22.000 |
| 2.600 | Equipos procesos información | Resultado del ejercicio | 6.000 |
| 13.000 | Existencias | Deudas a LP entidades crédito | 10.000 |
| 8.400 | Deudores | Proveedores, moneda extranjera | 6.000 |
| 12.000 | Tesorería | ||
| 44.000 | TOTAL ACTIVO | TOTAL PATRIMONIO NETO Y PASIVO | 44.000 |
A 31 de diciembre del año 2X25, la cotización del dólar americano es: 1 dólar = 0.90 euros.
El resultado del ejercicio no incorpora los ajustes a realizar en los puntos siguientes.
Información complementaria para el cierre de ejercicio
- El elemento de transporte fue adquirido en el año 2X21 por valor de 20.000 dólares a un tipo de cambio de 1 dólar= 1 euro. Su amortización se realiza en 5 años de forma lineal. En el momento actual se estima que su valor de mercado asciende a 3.500 dólares.
- Los ordenadores han sido adquiridos el 1 de julio del año 2X25, su amortización se realizará de forma lineal en 4 años. En la fecha de adquisición el tipo de cambio era de 1 dólar = 0,95 euros.
- Las existencias se corresponden todas con compras realizadas en Europa a un tipo medio de 1 dólar = 0,80 euros. La cuenta de proveedores, moneda extranjera refleja una deuda con proveedores europeos por valor de 6.300 euros.
- Los deudores son íntegros con ciudadanos americanos.
- La deuda a largo plazo constituye un préstamo en dólares a devolver en el año 2X27 y que ha sido concedido el 1 de septiembre de 2X25. Devenga un interés de un 4% anual pagadero por semestres vencidos y su amortización se realizará al final del periodo.
- La cuenta corriente con ALTAMIRA recoge las distintas operaciones realizadas entre la sociedad principal y su establecimiento. En la contabilidad de ALTAMIRA figura un saldo deudor con ALT_Way de 18.700 euros.
| TRABAJO A REALIZAR SUPUESTO NUMERO 4 Anotaciones contables para determinar el resultado del ejercicio. Ajustes contables a realizar para integrar las cuentas de ALT_Way en Altamira. En la resolución del supuesto deberá tener en cuenta lo siguiente: No es necesario que utilice las cuentas de los grupos ocho y nueve del Plan General de Contabilidad. No obstante, si lo considera oportuno puede hacerlo. En caso de que el opositor estime que no es necesaria anotación contable en algún punto deberá hacerlo constar. En las respuestas deberán identificarse claramente las cuentas de cargo y de abono, sin que sea suficiente limitarse a señalar códigos de cuentas exclusivamente. |
Para realizar correctamente este Supuesto 4 de Interna THAC, primero debemos analizar detalladamente la situación patrimonial de la empresa que nos plantea el tribunal. Puedes apoyarte en las normativas del Plan General de Contabilidad para repasar los criterios de valoración aplicados.
Como podemos observar en el enunciado, la sociedad ALTAMIRA se dedica a la importación/exportación de antigüedades. Aunque su sede principal está en Madrid, cuenta con un establecimiento permanente en New York (denominado ALT Way) que realiza todas sus operaciones en dólares americanos.
Puntos clave para comprender el Supuesto 4 Interna THAC
Al no constituir una sociedad independiente, su contabilidad se integra en ALTAMIRA, siguiendo los mismos principios y normas de la sociedad principal. Para llegar a la solución final y rascar todos los puntos posibles de cara al apto, debemos prestar especial atención a la información complementaria para el cierre del ejercicio 2X25 (con un tipo de cambio a 31 de diciembre de 1 dólar = 0,90 euros):
- Elementos de Transporte: Adquiridos en 2X21 por 20.000 dólares (TC: 1$ = 1€). Se amortiza linealmente en 5 años y su valor de mercado actual es de 3.500 dólares.
- Equipos para procesos de información: Los ordenadores adquiridos el 1 de julio de 2X25 se amortizan linealmente en 4 años. Tipo de cambio histórico: 1$ = 0,95€.
- Existencias y Proveedores: Las compras se realizaron en Europa a un tipo medio de 1$ = 0,80€. La cuenta de proveedores en moneda extranjera refleja una deuda europea de 6.300 euros.
- Financiación: Existe un préstamo a largo plazo en dólares concedido el 1 de septiembre de 2X25, que devenga un 4% anual pagadero por semestres vencidos.
- Cuenta Corriente con ALTAMIRA:Muestra discrepancias por las operaciones recíprocas (saldo deudor en la contabilidad principal de 18.700 euros).
Apartado 1
Para abordar la resolución de este supuesto, debemos acudir a la Norma de Registro y Valoración (NRV) 11ª PGC («Moneda extranjera») y las normas generales del inmovilizado material (NRV 2ª y 3ª).
Es importante advertir que, antes de proceder a la conversión e integración de los estados financieros del establecimiento permanente (EP) en la matriz española (ALTAMIRA), resulta imprescindible realizar los ajustes de cierre en la propia moneda funcional del negocio en el extranjero. Una vez homogeneizados y corregidos los saldos en la moneda local, se aplicará el método de conversión pertinente.
El balance de situación facilitado a 31 de diciembre del año 2X25 tiene carácter provisional, pues el enunciado advierte explícitamente que el resultado del ejercicio no incorpora los ajustes de cierre.
=> Punto 1
Para el elemento de transporte, disponemos de los siguientes datos de origen:
- Valor de adquisición (2X21): 20.000 dólares.
- Vida útil y método de depreciación: 5 años, de forma lineal (lo que implica una tasa de amortización anual del 20%, equivalente a 4.000 dólares anuales).
- Valor neto contable en el balance provisional a 31/12/2X25: 8.000 dólares.
De la lectura de estos datos se deduce que el saldo de 8.000 dólares representa el valor neto contable del activo al inicio del año 2X25 (o antes de registrar la amortización del propio ejercicio). Si el coste original fue de 20.000 dólares y restamos la amortización acumulada de los tres ejercicios previos completos (2X22, 2X23 y 2X24, a razón de 4.000 dólares por año, sumando 12.000 dólares), el valor residual antes de comenzar el cierre de 2X25 es de 8.000 dólares.
Por lo tanto, el activo cuenta con un año de vida útil remanente (el ejercicio 2X25), tras el cual restarán otros 4.000 dólares de valor contable para el año 2X26 si no existieran correcciones valorativas.
Los pasos contables a dar en la moneda local antes de la conversión son dos:
- Dotación a la amortización del ejercicio 2X25: Se debe reconocer la pérdida sistemática de valor del año por el importe lineal correspondiente: 4.000 dólares. Tras este asiento, el nuevo valor neto contable en dólares se sitúa en 4.000 dólares (los 8.000 dólares previos menos 4.000 dólares de la dotación corriente).
- Análisis e inscripción del deterioro de valor: Al cierre del ejercicio, la empresa estima que el valor de mercado (importe recuperable) del vehículo asciende a 3.500 dólares. Comparando el valor neto contable corregido (4.000 dólares) con dicho valor de mercado (3.500 dólares), se evidencia una pérdida irreversible por deterioro de valor de 500 dólares, la cual debe ser registrada inmediatamente. El valor neto contable final del activo en la contabilidad del EP quedará fijado en 3.500 dólares.
Para proceder a la conversión de este gasto a la moneda funcional de la empresa, el subapartado 1.2.2.1 de la NRV 11.ª determina que, cuando un activo denominado en moneda extranjera se amortice, las dotaciones a la amortización se calcularán sobre el importe en moneda funcional aplicando el tipo de cambio de la fecha en que fue registrado inicialmente. Por lo tanto, prescindiendo por completo de la cotización de cierre, los 4.000 dólares de amortización del año 2X25 se deben convertir al tipo de cambio histórico de la compra, es decir, a 1,00 euro/dólar, lo que genera un gasto para la cuenta de pérdidas y ganancias de ALTAMIRA de 4.000 euros.
El asiento contable será el siguiente:
| DEBE | HABER | |
| (681) Amortización del Inmovilizado Material | 4.000 | |
| (2818) Amortización Acumulada de Elementos de transporte | 4.000 |
Una vez contabilizada la amortización del ejercicio, el valor neto contable del elemento de transporte en la contabilidad en euros asciende a 4.000 euros, resultado de minorar el coste histórico de 20.000 euros en la amortización acumulada total de 16.000 euros (los 12.000 euros de los tres años anteriores más los 4.000 euros dotados en el presente cierre). En este momento, la norma exige efectuar la comprobación del valor del activo al cierre del año, estipulando que la valoración neta obtenida a coste histórico no podrá exceder del importe recuperable en ese momento, debiendo aplicar a este último valor el tipo de cambio de cierre.
El enunciado indica que el importe recuperable estimado para el vehículo al término de 2X25 es de 3.500 dólares. En cumplimiento del precepto legal, este valor de mercado se debe convertir al tipo de cambio de cierre de la fecha a la que se refieren las cuentas anuales, fijado a 31 de diciembre de 2X25 en 0,90 euros por dólar, lo que arroja un límite recuperable en la moneda de presentación de 3.150 euros.
Al contrastar el valor neto contable que arrastraba el activo en euros (4.000 euros) con el importe recuperable convertido al tipo de cierre (3.150 euros), se evidencia la existencia de una pérdida irreversible que debe reconocerse de forma inmediata en los resultados de la matriz por un importe de 850 euros.
El reflejo contable de esta corrección valorativa se instrumentará mediante un cargo a la cuenta (691) Pérdidas por deterioro del inmovilizado material por un importe de 850 euros, con abono a la cuenta (291) Deterioro de valor del inmovilizado material por la misma cuantía de 850 euros, logrando con ello que el elemento de transporte figure en el balance de situación de la empresa española por su valor correcto de 3.150 euros.
| DEBE | HABER | |
| (691) Pérdidas por deterioro del inmovilizado material | 850 | |
| (2918) Deterioro de valor de Elementos de Transporte | 850 |
=> Punto 2
Para determinar el tratamiento contable correcto, debemos clasificar la naturaleza de este inmovilizado. Según la Norma de Registro y Valoración (NRV) 11.ª del Plan General de Contabilidad, el inmovilizado material, que incluye los equipos para procesos de información, tiene la consideración de partida no monetaria.
El balance de situación previo muestra que los equipos para procesos de información tienen un valor de 2.600 dólares americanos.
La adquisición de estos ordenadores se produjo el 1 de julio del año 2X25. En la fecha de adquisición, el tipo de cambio vigente era de 1 dólar = 0,95 euros.
La normativa establece que las partidas no monetarias valoradas a coste histórico se convertirán a la moneda funcional aplicando el tipo de cambio de la fecha de la transacción. Aplicando este criterio, el valor histórico de los equipos en euros asciende a 2.470 euros (resultado de multiplicar 2.600 dólares por 0,95 euros/dólar).
Dado que el resultado del ejercicio aún no incorpora los ajustes de cierre, debemos proceder a calcular la amortización correspondiente a los ordenadores para el año 2X25. La amortización de los equipos se realizará de forma lineal en un plazo de 4 años.
Al haberse adquirido el 1 de julio del año 2X25, el inmovilizado solo debe amortizarse por la mitad del ejercicio, es decir, durante 6 meses.
La cuota de amortización anual expresada en dólares es de 650 dólares (2.600 dólares divididos entre 4 años). La parte proporcional correspondiente a los 6 meses del año 2X25 es de 325 dólares.
La NRV 11.ª es clara al respecto: cuando un activo denominado en moneda extranjera se amortice, las dotaciones se calcularán sobre el importe en moneda funcional aplicando el tipo de cambio de la fecha en que fue registrado inicialmente.
Por lo tanto, no se debe utilizar el tipo de cambio de cierre (0,90 euros/dólar), sino el tipo de cambio histórico (0,95 euros/dólar). La dotación a la amortización que debe imputarse a la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio 2X25 es de 308,75 euros (resultado de multiplicar 325 dólares por 0,95 euros/dólar, o bien, 2.470 euros entre 4 años por 6/12 meses).
| DEBE | HABER | |
| (681) Amortización del Inmovilizado Material | 308,75 | |
| (2817) Amortización Acumulada de Equipos para procesos de información | 308,75 |
A diferencia del caso de los elementos de transporte del punto 1, el enunciado no proporciona un valor de mercado o importe recuperable actual para los equipos de procesos de información. Por lo tanto, no procede realizar ningún ajuste por deterioro de valor al cierre del ejercicio, manteniéndose el activo por su valor contable neto.
=> Punto 3
Existencias
Siguiendo las directrices de la Norma de Registro y Valoración (NRV) 11.ª del Plan General de Contabilidad, las existencias se clasifican de forma expresa como una partida no monetaria.
Esto significa que no representan un derecho a recibir una cantidad determinada o determinable de unidades monetarias, sino que son activos que, al no indicarse lo contrario, se valoran a su coste histórico.
El balance de situación a 31 de diciembre del año 2X25 muestra que el establecimiento permanente tiene existencias valoradas en 13.000 dólares americanos. La información complementaria nos indica que todas estas existencias se corresponden con compras realizadas en Europa, a un tipo de cambio medio histórico de 1 dólar = 0,80 euros.
La normativa contable establece que las partidas no monetarias valoradas a coste histórico se convertirán a la moneda funcional aplicando el tipo de cambio de la fecha de la transacción. Por consiguiente, el valor histórico de estas existencias en euros ya está fijado y asciende a 10.400 euros (resultado de multiplicar los 13.000 dólares por el tipo de cambio de 0,80 euros/dólar).
Al cierre del ejercicio, la cotización del dólar americano se sitúa en 1 dólar = 0,90 euros. Sin embargo, la NRV 11.ª determina que las partidas no monetarias valoradas a coste histórico no se actualizan en función del tipo de cambio de cierre, salvo que sea necesario calcular su importe recuperable (valor neto realizable) para comprobar si han sufrido un deterioro.
La norma señala que la valoración a coste histórico no podrá exceder del importe recuperable al cierre, aplicando a este último, si fuera necesario, el tipo de cambio de cierre. Dado que el enunciado no proporciona ningún dato que indique que el valor de mercado o de realización de estas existencias sea inferior a su coste histórico, no existe evidencia de deterioro. Por tanto, el activo debe mantenerse en la contabilidad por su valor histórico inalterado de 10.400 euros.
Las instrucciones generales del supuesto establecen que, en caso de estimar que no es necesaria ninguna anotación contable en algún punto, el opositor deberá hacerlo constar expresamente.
Por todo lo expuesto, en respuesta a este punto, no procede realizar ningún ajuste ni asiento contable al cierre del ejercicio 2X25 para determinar el resultado, ya que las existencias no generan diferencias de cambio al ser partidas no monetarias y no se dispone de información que evidencie una pérdida por deterioro de valor.
=> Proveedores
Según la Norma de Registro y Valoración (NRV) 11.ª del Plan General de Contabilidad, los débitos y partidas a pagar (como es el caso de la cuenta de proveedores) tienen la consideración de partidas monetarias. Esto se debe a que son pasivos que se van a pagar con una cantidad determinada o determinable de unidades monetarias.
El balance de situación del establecimiento permanente (ALT Way), que está valorado en dólares americanos, muestra un saldo en la cuenta «Proveedores, moneda extranjera» de 6.000 dólares. La información complementaria nos revela que este saldo corresponde en realidad a una deuda fija con proveedores europeos por valor de 6.300 euros.
Dado que ALT Way opera en dólares, la deuda en euros representa para la sucursal una transacción en moneda extranjera. La NRV 11.ª establece que, al cierre del ejercicio, las partidas monetarias en moneda extranjera se valorarán aplicando el tipo de cambio de cierre.
Al 31 de diciembre del año 2X25, la cotización es de 1 dólar = 0,90 euros.
Para reflejar la deuda real en la contabilidad de la sucursal al cierre, debemos calcular cuántos dólares supone esa deuda de 6.300 euros al tipo de cambio actual:
6.300 euros / 0,90 euros/dólar = 7.000 dólares
Como la cuenta refleja un saldo de solo 6.000 dólares y ahora se necesitan 7.000 dólares para saldar la deuda de 6.300 euros (debido a la depreciación del dólar frente al euro), la sucursal ha incurrido en una diferencia negativa de cambio por importe de 1.000 dólares (7.000 – 6.000).
Para integrar estas cuentas en ALTAMIRA (cuya moneda de presentación es el euro) y determinar el resultado del ejercicio, debemos registrar este ajuste expresado en euros.
La pérdida por diferencia de cambio de 1.000 dólares, calculada al cierre, se traduce a euros aplicando el tipo de cambio de cierre (0,90 euros/dólar):
1.000 dólares × 0,90 euros/dólar = 900 euros
| ACLARACIÓN |
| Si la contabilidad de ALTAMIRA arrastrara el saldo original sin ajustar de la sucursal (6.000 dólares) y lo tradujera al tipo de cierre (0,90), figuraría una deuda de 5.400 euros. Al sumar el ajuste de 900 euros de pérdida que incrementa la deuda, el pasivo final queda reflejado exactamente en 6.300 euros, que es el valor real de la deuda que ALTAMIRA tiene con los proveedores europeos. |
Para incorporar esta diferencia de cambio al resultado del ejercicio, y cumpliendo con la exigencia de identificar claramente las cuentas de cargo y abono, el asiento a registrar al cierre del año 2X25 es el siguiente:
| DEBE | HABER | |
| (668) Diferencias negativas de cambio | 900 | |
| (4004) Proveedores, moneda extranjera | 900 |
=> Punto 4
De acuerdo con el apartado 1 de la Norma de Registro y Valoración (NRV) 11.ª del Plan General de Contabilidad, la cuenta de «Deudores» (derechos de cobro) tiene la consideración de partida monetaria. Esto se debe a que representa un activo que se va a recibir en una cantidad determinada o determinable de unidades monetarias.
El balance de situación a 31 de diciembre refleja un saldo en esta partida de 8.400 dólares.
El enunciado nos aporta una información clave: «Los deudores son íntegros con ciudadanos americanos». Esto implica que la deuda está denominada y será exigible en dólares americanos.
Debemos recordar que el establecimiento permanente (ALT Way) realiza todas sus operaciones y lleva su contabilidad originaria en dólares americanos. Por lo tanto, para la contabilidad interna de la sucursal, este derecho de cobro no constituye una transacción en moneda extranjera, sino una operación en su propia moneda operativa.
Al estar el derecho de cobro denominado en la misma moneda en la que opera la sucursal, el saldo de 8.400 dólares no está sujeto a fluctuaciones de tipo de cambio en su día a día. En consecuencia, no se genera ninguna diferencia de cambio (ni positiva ni negativa) que deba ser imputada a la cuenta de pérdidas y ganancias del establecimiento.
=> Punto 5
Según la Norma de Registro y Valoración (NRV) 11.ª del Plan General de Contabilidad, los préstamos y partidas a pagar se consideran partidas monetarias, ya que suponen la obligación de entregar una cantidad determinada de unidades monetarias.
El balance de situación muestra una cuenta de «Deudas a largo plazo con entidades crédito» por un importe de 10.000 dólares.
La información complementaria aclara que se trata de un préstamo en dólares concedido el 1 de septiembre de 2X25, a devolver al final del periodo en el año 2X27.
Dado que el establecimiento permanente (ALT Way) realiza todas sus operaciones ordinarias en dólares americanos, el principal de este préstamo está denominado en su propia moneda funcional.
Por este motivo, para la contabilidad de la sucursal, el principal de 10.000 dólares no constituye una transacción en moneda extranjera y no genera diferencias de cambio que deban imputarse a la cuenta de pérdidas y ganancias.
Su posterior integración en ALTAMIRA se realizará al tipo de cambio de cierre, pero las diferencias resultantes irán directamente al patrimonio neto (Diferencias de conversión), sin afectar al resultado del ejercicio.
Aunque el principal del préstamo no requiere ajustes en la cuenta de resultados por tipo de cambio, hay que registrar el devengo de los intereses correspondientes al ejercicio 2X25, aplicando el principio de devengo.
El préstamo devenga un interés del 4% anual, pagadero por semestres vencidos.
Al haberse concedido el 1 de septiembre de 2X25, han transcurrido 4 meses hasta la fecha de cierre (septiembre, octubre, noviembre y diciembre). El cálculo de los intereses devengados en dólares es el siguiente:
Intereses devengados = 10.000 dólares x 4% x (4 / 12 meses) = 133,33 dólares
La periodificación y reconocimiento de este gasto se realiza a 31 de diciembre de 2X25. Por tanto, para calcular su impacto en el resultado del ejercicio en euros, aplicamos el tipo de cambio vigente en esa fecha, que es de 1 dólar = 0,90 euros. El gasto financiero a reconocer en euros será, por tanto, el siguiente:
Gasto financiero = 133,33 dólares x 0,90 = 120 euros
Como el devengo de intereses supone un gasto del ejercicio que aún no ha sido abonado (el pago es semestral y corresponderá hacerlo el 1 de marzo de 2X26), debemos registrar la deuda a corto plazo por los intereses devengados. Para determinar el resultado del ejercicio de forma correcta, el asiento a registrar a 31 de diciembre de 2X25 es:
| DEBE | HABER | |
| (662) Intereses de deudas | 120 | |
| (527) Intereses a corto plazo de deudas con entidades de crédito | 120 |
=> Punto 6
Para abordar este último punto, el opositor debe identificar que la cuenta «Cuenta corriente con ALTAMIRA» funciona como una cuenta recíproca o cuenta de enlace entre la central y su establecimiento permanente. Representa la financiación interna y las transferencias de fondos o bienes entre ambas partes de la misma entidad jurídica.
En las cuentas individuales de ALTAMIRA figura un saldo deudor (un activo) de 18.700 euros con la sucursal. Este importe proviene de la contabilización histórica de las operaciones (lo que matemáticamente implica un tipo de cambio histórico medio aplicado de 0,85 euros/dólar).
Sin embargo, por aplicación del apartado 1.2.1 de la Norma de Registro y Valoración 11.ª del PGC («Valoración posterior de partidas monetarias»), la central española está obligada al cierre del ejercicio a actualizar todos sus derechos de cobro en moneda extranjera utilizando el tipo de cambio de cierre (1 dólar = 0,90 euros).
Al realizar esta actualización patrimonial en la matriz, el valor real del derecho de cobro asciende a 19.800 euros (22.000 dólares x 0,90 euros/dólar). Como el saldo registrado previamente era de 18.700 euros, aflora un incremento en el valor del activo que genera una diferencia positiva de cambio por importe de 1.100 euros. Esta variación sí debe imputarse de manera directa a la cuenta de pérdidas y ganancias individual de ALTAMIRA para determinar el resultado del ejercicio.
El asiento contable a realizar por la sociedad principal a 31 de diciembre es el siguiente:
| DEBE | HABER | |
| (5521) Cuenta corriente con sociedad ALT WAY | 1.100 | |
| (768) Diferencias positivas de cambio | 1.100 |
=> Cálculo del resultado definitivo
Para calcular el resultado definitivo del ejercicio y hacer la regularización, tenemos que agrupar todos los ajustes (grupos 6 y 7) y añadir el saldo previo provisional que arrastraba la sucursal.
El balance de la sucursal partía de un beneficio de 6.000 dólares. A falta de un tipo de cambio medio para las operaciones del año (que es la regla general en el PGC para integrar cuentas de resultados de negocios en el extranjero), la convención académica en oposiciones es traducirlo al tipo de cambio de cierre (0,90 €/dólar). Esto equivale a un beneficio inicial de 5.400,00 €.
En primer lugar, sumamos los cargos a cuentas del grupo 6 que se han hecho anteriormente:
(+) Amortización Elementos de Transporte 4.000,00 €
(+) Deterioro Elementos de Transporte 850,00 €
(+) Amortización Equipos para procesos de información 308,75 €
(+) Diferencias negativas de cambio (Proveedores) 900,00 €
(+) Intereses de deudas 120,00 €
(=) Total Gastos por ajustes 6.178,75 €
En segundo lugar, sumamos los abonos a cuentas del grupo 7, que en el caso que nos ocupa únicamente son las diferencias positivas procedentes de la cuenta corriente con la sociedad ALT WAY, por importe de 1.100 euros.
De esta forma, el resultado definitivo será el siguiente:
Resultado definitivo = 5.400,00 € + 1.100,00 € – 6.178,75 € = 321,25 €
Para plasmar este resultado, hay que cerrar las cuentas de gastos e ingresos contra la cuenta (129) Resultado del ejercicio:
| DEBE | HABER | |
| (129) Resultado del ejercicio | 6.178,75 | |
| (681) Amortización del inmovilizado material[4.000 euros + 308,75 euros] | 4.308,75 | |
| (691) Pérdidas por deterioro del inmovilizado material | 850 | |
| (668) Diferencias negativas de cambio | 900 | |
| (662) Intereses de deudas | 120 |
| DEBE | HABER | |
| (768) Diferencias positivas de cambio | 1.100 | |
| (129) Resultado del ejercicio | 1.100 |
Apartado 2
De conformidad con la doctrina del ICAC (Consulta 1 BOICAC 104, que reitera el BOICAC 32) y el artículo 28 del Código de Comercio, el establecimiento permanente en Nueva York (ALT_Way) carece de personalidad jurídica, constituyendo junto a ALTAMIRA un único sujeto contable. Por ello, y partiendo de los registros auxiliares llevados por la sucursal, procede realizar un asiento de transcripción e integración de saldos en el Libro Diario de la central (convertidos a la moneda de presentación según la NRV 11ª).
Al formularse unas cuentas anuales únicas, resulta importante la eliminación de las cuentas representativas de saldos recíprocos internos (cuenta de enlace 552) para evitar duplicidades patrimoniales en el balance de la empresa.
Es decir, el asiento de integración no consiste en dar de alta los bienes de la sucursal, sino en eliminar las duplicidades generadas por el tráfico interno. En nuestro supuesto, la única vinculación interna explícita entre ambas sedes es la «Cuenta corriente con Altamira».
- En la Sucursal (ALT_Way): Figura un pasivo por importe de 22.000 dólares. Para integrarlo, se aplica el tipo de cambio de cierre (1 dólar = 0,90 euros), lo que arroja un saldo convertido de 19.800 euros.
- En la Central (ALTAMIRA): Tal y como se calculó en el Apartado 1, la matriz tenía un derecho de cobro que, tras su actualización obligatoria al tipo de cierre, ascendió exactamente a 19.800 euros.
Aplicando este esquema de registro, el único ajuste contable que procede realizar para la integración es la eliminación cruzada de esta cuenta corriente, para evitar que la empresa presente un derecho de cobro y una deuda consigo misma en su balance unificado.
| DEBE | HABER | |
| (5522) Cuenta corriente con sociedad ALTAMIRA | 19.800 | |
| (5521) Cuenta corriente con sociedad ALT WAY | 19.800 |
En este supuesto, no proceden ajustes adicionales de eliminación de resultados por operaciones internas. Esto se justifica porque el enunciado especifica que las existencias provienen de «compras realizadas en Europa», las deudas son con «proveedores europeos» y los derechos de cobro son íntegros con «ciudadanos americanos», no existiendo evidencias de compraventas de mercaderías con márgenes no realizados entre ALTAMIRA y ALT_Way.